Mientras en el Congreso de los Diputados se debate la futura ley de Cambio Climático, el Parlamento de Cataluña aprobó la suya en julio con un dilatado apoyo (todos los bloques votaron a favor, salvo el PP, que se abstuvo).
Sin embargo, el Consejo de Ministros ha aprobado este viernes la interposición de un recurso de inconstitucionalidad. En consecuencia, el Tribunal Constitucional ha aceptado el recurso del Gobierno contra la Ley de Cambio Climático de Cataluña, así como ha suspendido su aplicación mientras analiza las alegaciones del Ejecutivo. La oposición sobre todo apunta al apartado 19.
En ese apartado, además de establecer los objetivos de recortes de emisiones y de implantación de renovables para Cataluña, se fijaba la obligación de «establecer un plan de transición para el cierre, no más allá de 2027, de las centrales nucleares» de la comunidad. Es decir, la clausura de los tres reactores que hay en Cataluña (repartidos en la central de Ascó y Vandellòs II) en un plazo de una década. El Tribunal Constitucional deberá validar o desaprobar esta suspensión en un plazo no superior a cinco meses.